Quiero
contarles que me encuentro haciendo un curso sobre la Norma internacional ISO
14001 que es la que regula los Sistemas de Gestión Ambiental en las empresas y
en una de mis investigaciones me enteré (el mes pasado), de que existe una ley
en Colombia que sanciona a las personas y empresas que tiran basuras a la calle
y a las que tienen un manejo inadecuado de sus residuos sólidos, ya que esto
genera por supuesto, un alto nivel de contaminación en zonas urbanas y rurales.
Se supone que se implementó como instrumento de cultura ciudadana, lo curioso
es que nadie sabe de él y su aplicación me pone a pensar hasta donde está el
estado realmente comprometido con la educación ambiental.
Quiero
compartir con ustedes un ensayo que presenté en una de nuestras actividades.
Espero sea de su agrado.
Ensayo
Introducción
Una de las causas más devastadoras que a
mi juicio está llevando al Planeta a una rápida destrucción, es la CONTAMINACIÓN. Pero ¿de dónde viene la contaminación?
Hay diferentes tipos de contaminación.
La contaminación del agua, la contaminación del aire, la contaminación del
suelo, la contaminación visual y la contaminación por ruido son las más
importantes; pero concentrémonos en las primeras tres que mencioné.
Lo que tienen en común estos tres tipos
de contaminación, es que todos pueden ser agravados por el muy común e
inadecuado manejo de residuos.
Cada día toneladas de basuras son
arrojadas a ríos y mares, lo que constituye no solo la afectación en la salud
de seres humanos, sino en la destrucción masiva de ecosistemas marinos
alrededor del mundo.
El aire que respiramos es afectado en su
naturaleza pura, no solo gracias a los gases nocivos provenientes de fábricas y
vehículos automotores, sino también por los olores que se desprenden de la
acumulación de basuras y los gases que éstas producen durante su proceso de
descomposición.
El suelo sufre también daños
irreparables por medio de la filtración de residuos sólidos en descomposición,
lo que lo hace infértil y un suelo infértil puede traducirse en una causa para
posteriores inundaciones.
Así pues, he escogido como tema para
esta primera actividad, el manejo que le da la comunidad a sus residuos
sólidos, pasando por la importancia que esto tiene para el país y la
legislación colombiana vigente frente a esta problemática.
EFECTIVIDAD
DE UN COMPARENDO AMBIENTAL
Investigando la ley que más se acomoda a
mi tema de interés que es el manejo de los residuos sólidos por parte de los
seres humanos que conviven en este país, encontré la LEY 1259 de 2008 con
algunas adiciones de la Ley 1466 de 2011.
“ARTÍCULO 1o. OBJETO. La finalidad
de la presente ley es crear e implementar el Comparendo Ambiental como
instrumento de cultura ciudadana, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos
y escombros, previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante
sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o
jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos
sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas
ambientalistas.”
Esta ley busca castigar a todas las
personas sin distinción alguna, que incurran en faltas contra el medio
ambiente, el ecosistema y la sana convivencia, sea desde una empresa, vehículo
o en cualquier tipo de espacio público, aguas y/o bosques debido a una inadecuada
disposición de sus basuras o residuos.
Las sanciones a imponerse por medio del Comparendo Ambiental, van desde la
citación del infractor a un curso de educación ambiental de cuatro horas, hasta
el pago de una multa que puede ser de 2 o 20 salarios mínimos por cada
infracción dependiendo de si el infractor es persona natural o jurídica y por
reincidencia, la obligación de prestar un día de servicio social o el sellamiento
del establecimiento según el caso.
El Comparendo
Ambiental, es responsable de ser impuesto por la alcaldía de cada municipio
quien a su vez podrá delegarlo a quien lo represente para estos casos y en los
eventos de infracciones desde vehículos, es la policía de tránsito quien tiene
esa facultad.
Los recursos provenientes de las multas
impuestas, deberán ser usados en un plan de acción que busque la recuperación
del medio ambiente.
La ley 1259 de 2008, también busca la
creación de campañas cívicas que informen, eduquen y concienticen a las
personas sobre el adecuado manejo de residuos sólidos y capacitaciones a las
personas dedicadas al oficio del reciclaje como medio de subsistencia.
Ahora bien, ¿qué tan efectiva ha sido
esta ley que busca imponer Comparendos
Ambientales a todos aquellos que atenten contra el buen estado del medio
ambiente?
A simple vista podría asegurar que dicha
efectividad es bastante baja. Por lo menos a lo que las calles se refiere y a
la cultura ciudadana que desde mi percepción de persona del común puedo tener,
no he visto y no me he enterado tampoco de ningún caso donde se haya impuesto
dicho Comparendo Ambiental.
Si las calles no están atestadas de
basura, no es porque la gente sea consciente, sino porque las empresas públicas
o privadas de aseo, se encargan de recoger; sin embargo, los problemas de
salubridad en cientos de barrios y otras zonas del país, son preocupantes
debido a la acumulación de basuras.
Conclusión
Creo que la imposición del Comparendo Ambiental que señala esta
ley, puede ser una buena herramienta de educación ambiental dentro de una
cultura ciudadana responsable, el problema de hecho, no es de forma sino de
fondo, pues no se está ejecutando o por lo menos no adecuadamente. Las personas
no conocen los alcances que sus acciones ambientales irresponsables están
causando al deterioro del medio ambiente y esto es por la falta de información
como primera medida, y la falta de ejecución firme que este tipo de medidas
deberían desarrollar. Los agentes de tránsito parecen estar capacitados
únicamente para multar a quienes se parquean en lugares indebidos y a quienes
violan la norma del pico y placa pero más allá de eso, no hacen cumplir la ley,
mucho menos van a molestarse en imponer una sanción a quien tire una basura por
la ventana.
Las leyes existen, pero no hay quien las
haga cumplir con rigor y la única salida para la problemática ambiental, es una
educación responsable para todos a partir de quienes gobiernan y tienen el
control de un territorio.
Bibliografía
Diario
Oficial No. 47.208 de 19 de diciembre de 2008, Ley 1259 de 2008.
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